Fecha Publicación: 23/08/2024
Las personas que ocupen los puestos en las vocalías tienen funciones específicas:
Sin perjuicio de las funciones permanentes que les asigne la Presidencia para que atiendan necesidades especificas del Colegio o de sus órganos, corresponde a quienes se desempeñan en las vocalías sustituir, por orden de su designación, las ausencias temporales de las demás personas integrantes de la directiva.
Si desea más información o cuenta con dudas relacionadas con el proceso electoral, puede canalizarlas a través del correo electrónico: [email protected]