00010 – Colegio de Profesionales en Psicología de Costa Rica
Coronavirus 2019 (COVID-19)

COLEGIO DE PROFESIONALES EN PSICOLOGÍA DE COSTA RICA

Ficha Deontológica Número: 00010 RIGOR TÉCNICO
Deber de emitir declaraciones u opiniones con fines de información al público con rigor técnico, sin perjuicio de adecuarse al nivel de comunicación que corresponda.
Emisión de dictamen de Idoneidad Mental para portar y poseer Armas de Fuego. El artículo 15 del Reglamento del Colegio Profesional de Psicólogos de Costa Rica para realizar Evaluaciones de Idoneidad Mental para portar y poseer Armas de Fuego exige del profesional en psicología una serie de actuaciones dirigidas a mantener un rigor científico a la hora de expedir un documento que por su propia naturaleza tiene consecuencias directas en la seguridad y paz dentro del Estado Social de Derecho en el que vivimos. Este rigor científico se ve lesionado, en el caso específico, por las deficiencias apuntadas en el proceso de evaluación de la idoneidad mental para portar armas, referidas a la ausencia de las interpretaciones de los resultados de las pruebas, la inexistencia de un análisis amplio, profundo y riguroso que derive en conclusiones específicas para cada prueba utilizada según la dimensión que pretendía medir o valorar, y la inexistencia de un análisis final que integre los resultados del conjunto de pruebas aplicados y métodos aplicados para la valoración de la idoneidad mental y que demuestre de forma suficientemente fundamentada las conclusiones que llevan a la profesional a considerar a la persona apta para extender el certificado de idoneidad mental para la portación de armas.
RESOLUCIÓN FINAL ACUERDO Nº 10-V-19-2015. TRIBUNAL DE HONOR DEL COLEGIO PROFESIONAL DE PSICÓLOGOS DE COSTA RICA.- 10:00 horas del 21 de julio de 2015.

Redimensionar imagen