¿Cuáles requisitos debo cumplir para impartir cursos, talleres y/o seminarios? – Colegio de Profesionales en Psicología de Costa Rica
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COLEGIO DE PROFESIONALES EN PSICOLOGÍA DE COSTA RICA

Consultas frecuentes

¿Cuáles requisitos debo cumplir para impartir cursos, talleres y/o seminarios?

De acuerdo al artículo 24 del Código de Ética y Deontológico del Colegio de Profesionales en Psicología de Costa:

“Artículo 24. Además de lo establecido por la legislación vigente, la formación en psicología debe procurar la actualización del conocimiento, en aras de fomentar la salud mental y afectiva integral en un contexto social y ambiental sano. Los lineamientos de este Código de Ética son parte del compromiso pedagógico. La persona colegiada que, fuera de los ámbitos universitarios autorizados por CONARE y CONESUP, desarrolle e imparta cursos, seminarios, talleres u otras actividades similares para compartir conocimientos propios de la ciencia psicológica deberá:
a) Tener una preparación adecuada respecto de la materia por tratar.
b) Elaborar un plan o programa de trabajo con objetivos y cumplirlo. Los contenidos de dicho plan deberán tener una fundamentación teórica y práctica con respaldo en literatura académica.
c) Estar debidamente incorporada al Colegio o contar con la autorización previa y expresa de este. En todo caso, deberá contar con el grado mínimo de Licenciatura en Psicología.
Además, en forma particular,
d) Quienes tengan registrada su incorporación con grado de Maestría en Psicología, con base en un Bachillerato en Psicología, solo podrán impartir talleres, cursos y seminarios en el área de la psicología para la que les faculta la maestría que poseen.”

Indicado lo anterior, si la persona profesional en psicología cuenta con la formación necesaria para impartir el curso indicado, podrá realizarlo. Usualmente quienes contratan dicho servicio, requerirán contar con certificados de participación que indiquen el nombre de la actividad, duración del curso, lugar de realización y firmados por la profesional responsable, con su grado académico actual y registrado en el Colegio Profesional.

Es importante agregar que el cobro del servicio es responsabilidad del profesional que oferta, asegurándose de cumplir con los montos establecidos por este Colegio, así como la elaboración de certificados y presentaciones necesarias para tal fin.

Otras Preguntas

  • Procedimiento atención de consultas, unidad de Asesoría Técnica
  • ¿Cómo se debe proceder si a un profesional en psicología que labora en una institución y custodia pruebas, es trasladado a otra área de trabajo lejana al lugar donde se encuentra la documentación psicológica?
  • ¿Cómo debo actuar si mi jefatura me obliga a realizar funciones que van en contra de los principios y normas éticas?
  • ¿Qué recomendación se tiene al entregar un informe psicológico?
  • ¿Cuál es el perfil del psicólogo/a social?


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