¿Cómo puedo promocionarme? – Colegio de Profesionales en Psicología de Costa Rica
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COLEGIO DE PROFESIONALES EN PSICOLOGÍA DE COSTA RICA

Consultas frecuentes

¿Cómo puedo promocionarme?

De acuerdo al artículo 48 del Código de Ética y Deontológico del Colegio de Profesionales en Psicología de Costa Rica:

“Artículo 48. Cuando las personas colegiadas hagan y divulguen publicidad de sus servicios, la información que se indique deberá ser concreta y veraz. Toda estrategia de publicidad deberá respetar los principios y valores contenidos en este Código. La información acerca de sus servicios, cualquiera que sea el medio que utilicen: Internet, plataformas digitales y redes sociales, medios escritos, radio y televisión, deberá incluir el nombre, grado académico, código, tipo de servicio brindado y medios de localización. Las personas profesionales no podrán utilizar publicidad en la que se divulguen imágenes que pudieran fomentar formas de violencia, incluido el uso de armas de cualquier tipo.”

Otras Preguntas

  • Procedimiento atención de consultas, unidad de Asesoría Técnica
  • ¿Cómo se debe proceder si a un profesional en psicología que labora en una institución y custodia pruebas, es trasladado a otra área de trabajo lejana al lugar donde se encuentra la documentación psicológica?
  • ¿Cómo debo actuar si mi jefatura me obliga a realizar funciones que van en contra de los principios y normas éticas?
  • ¿Qué recomendación se tiene al entregar un informe psicológico?
  • ¿Cuál es el perfil del psicólogo/a social?


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