Si bien en el Código de ética y deontológico del Colegio de Profesionales en Psicología de Costa Rica, se establece que el profesional no permitirá que terceros accedan al expediente psicológico; debe tenerse claro que en el sistema de expediente único sea físico o digital (EDUS), su privacidad y acceso estará determinado por el régimen legal propio del EDUS y los lineamientos institucionales diseñados para su implementación. En la medida en que el profesional en psicología se apegue a tales reglamentaciones, no estará faltando a la ética o al secreto profesional.
Sin omitir que todos los profesionales y personal administrativo que tienen acceso al expediente único, les asiste el deber de confidencialidad de la información ahí contenida.