¿Si ejerzo la profesión estando retirado temporalmente del Colegio, incurro en ejercicio ilegal de la profesión? – Colegio de Profesionales en Psicología de Costa Rica
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COLEGIO DE PROFESIONALES EN PSICOLOGÍA DE COSTA RICA

Consultas frecuentes

¿Si ejerzo la profesión estando retirado temporalmente del Colegio, incurro en ejercicio ilegal de la profesión?

El objeto del retiro temporal -bajo cualquier modalidad- es desvincularse temporalmente de este Colegio de Profesionales. Por consiguiente, si ejerce la psicología en el lapso en que se encuentre retirado, los actos que realice podrían calificarse como ejercicio ilegal de una profesión. Si desea ejercer nuevamente la psicología, debe solicitar su reactivación ante el Colegio, siguiendo el procedimiento establecido para ello.

Otras Preguntas

  • Procedimiento atención de consultas, unidad de Asesoría Técnica
  • ¿Cómo se debe proceder si a un profesional en psicología que labora en una institución y custodia pruebas, es trasladado a otra área de trabajo lejana al lugar donde se encuentra la documentación psicológica?
  • ¿Cómo debo actuar si mi jefatura me obliga a realizar funciones que van en contra de los principios y normas éticas?
  • ¿Qué recomendación se tiene al entregar un informe psicológico?
  • ¿Cuál es el perfil del psicólogo/a social?


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