Es necesario realizar una devolución del trabajo realizado con la persona consultante de manera física, ya que usualmente ésta pretende dar un cierre al proceso con la persona usuaria o sus encargados. Como buena práctica, dicho documento se acostumbra dirigirlo al mismo usuario o encargados y que este dé por recibido del mismo, de esta manera el uso que la persona le dé al mismo, quede bajo su reserva y responsabilidad.
Algunos profesionales, incluyen un párrafo dentro del documento con el siguiente mensaje: “En concordancia con la Ley No. 8968 de Protección de la Persona frente al Tratamiento de sus Datos Personales del 7 de Julio de 2011, se aclara que este documento se extiende con autorización del interesado al ser las (indicar hora) del (indicar fecha)”.
Si posterior a la entrega física, se solicita se entregue por medio electrónico, quedará a la discreción del profesional en psicología si lo hace.