El acuerdo de Junta Directiva, No.XIII-17-56-2006 indica que:
“No cobrar las consultas entre psicólogos y si es a un familiar directo; cónyuge, padre, madre, hijas e hijos, cobrar únicamente el 25% de la Tarifa Profesional vigente”.
Por tanto, quedará a discreción del/la profesional el aplicar el acuerdo de Junta Directiva, por lo que no es obligatoria su aplicación. En caso de aplicarlo, deberá realizarse tal cual se aprobó, en cuyo caso se deberá de agregar la leyenda “Acuerdo Junta Directiva CPPCR XIII-17-56-2006”.