¿La atención entre colegas puede ser gratuita? – Colegio de Profesionales en Psicología de Costa Rica
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COLEGIO DE PROFESIONALES EN PSICOLOGÍA DE COSTA RICA

Consultas frecuentes

¿La atención entre colegas puede ser gratuita?

El acuerdo de Junta Directiva, No.XIII-17-56-2006 indica que:

“No cobrar las consultas entre psicólogos y si es a un familiar directo; cónyuge, padre, madre, hijas e hijos, cobrar únicamente el 25% de la Tarifa Profesional vigente”.

Por tanto, quedará a discreción del/la profesional el aplicar el acuerdo de Junta Directiva, por lo que no es obligatoria su aplicación. En caso de aplicarlo, deberá realizarse tal cual se aprobó, en cuyo caso se deberá de agregar la leyenda “Acuerdo Junta Directiva CPPCR XIII-17-56-2006”.

Otras Preguntas

  • Procedimiento atención de consultas, unidad de Asesoría Técnica
  • ¿Cómo se debe proceder si a un profesional en psicología que labora en una institución y custodia pruebas, es trasladado a otra área de trabajo lejana al lugar donde se encuentra la documentación psicológica?
  • ¿Cómo debo actuar si mi jefatura me obliga a realizar funciones que van en contra de los principios y normas éticas?
  • ¿Qué recomendación se tiene al entregar un informe psicológico?
  • ¿Cuál es el perfil del psicólogo/a social?


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