Dispensa del Sorteo Ordinario de Enero 2020 en ausencia de plazas de Servicio Social – Colegio de Profesionales en Psicología de Costa Rica
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COLEGIO DE PROFESIONALES EN PSICOLOGÍA DE COSTA RICA

Dispensa del Sorteo Ordinario de Enero 2020 en ausencia de plazas de Servicio Social

Fecha Publicación: 15/01/2020

La Junta Directiva de este Colegio Profesional les informa la:

RESOLUCIÓN MINISTERIAL, DISPENSA A LOS PROFESIONALES EGRESADOS DE CIENCIAS DE LA SALUD, PARA NO REALIZAR EL SORTEO ORDINARIO DE ENERO DEL 2020 EN AUSENCIA DE PLAZAS DE SERVICIO SOCIAL.

 

CONSIDERANDO ÚNICO: Con fundamento en la Opinión Jurídica, emitida mediante oficio No. DAJ-UAL-RB-410-2015 del 16 de enero de 2015, de la Unidad de Asesoría Legal de la Dirección de Asuntos Jurídicos, en la cual se discutió la dispensa de realizar el sorteo de Servicio Social Obligatorio a los egresados de Enfermería de ese momento; este Despacho procede a eximir y así declarar la dispensa de participación, a los profesionales egresados en ciencias de la salud inscritos ante la Comisión de Servicio Social Obligatorio, para el primer sorteo ordinario a realizarse el 30 de enero de 2020 al ser las 09:00 horas, en el Auditorio del Ministerio de Salud, en las disciplinas de Enfermería, Nutrición, Microbiología y Psicología Clínica; por no contar con plazas disponibles de Servicio Social Obligatorio, en la Caja Costarricense de Seguro Social, ni en ningún otro centro prestador de servicios de salud en Costa Rica.

 

POR TANTO LA MINISTRA a.i. DE SALUD RESUELVE

Eximir y así declarar la dispensa de participación, a los profesionales egresados en ciencias de la salud inscritos ante la Comisión de Servicio Social Obligatorio, para el primer sorteo ordinario a realizarse el 30 de enero de 2020 al ser las 09:00 horas, en el Auditorio del Ministerio de Salud, en las disciplinas de Enfermería, Nutrición, Microbiología y Psicología Clínica, por no contar con plazas disponibles de Servicio Social Obligatorio, en la Caja Costarricense de Seguro Social, ni en ningún otro centro prestador de servicios de salud en Costa Rica. Esto, con fundamento en la Opinión Jurídica, emitida mediante oficio No. DAJ-UAL-RB-410-2015 del 16 de enero de 2015, de la Unidad de Asesoría Legal, de la Dirección de Asuntos Jurídicos. DRA. ALEJANDRA ACUÑA NAVA

 

Ver  Resolución completa: DM-CB-26-2020. MINISTERIO DE SALUD

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