Fecha Publicación: 14/01/2022
La Junta Directiva del Colegio de Profesionales en Psicología de Costa Rica, en Sesión Ordinaria N°01-01-2022 celebrada el 05 de enero del 2022, ha aprobado según acuerdo JD. CPPCR-013-2022, las tarifas mínimas para el periodo 2022, las cuales se detallan a continuación:
ACUERDO: JD.CPPCR-013-2022: A) Dar por aprobada la siguiente tabla de tarifas mínimas para el periodo 2022:
Tarifas 2022 | Monto | IVA | Nota | Nota Aclaratoria |
---|---|---|---|---|
Hora Profesional | ¢27.000 | 4% | Monto Mínimo | Este monto no incluye el IVA. Usted deberá aplicarlo según corresponda. |
Terapia individual y otros (60 minutos) | ¢27.000 | 4% | Monto Mínimo | Este monto no incluye el IVA. Usted deberá aplicarlo según corresponda. |
Terapia de Pareja (90 minutos) | ¢37.000 | 4% | Monto Mínimo | Este monto no incluye el IVA. Usted deberá aplicarlo según corresponda. |
Terapia Familiar (90 minutos) | ¢37.000 | 4% | Monto Mínimo | Este monto no incluye el IVA. Usted deberá aplicarlo según corresponda. |
Terapia o procesos grupales (120 minutos tiempo mínimo), estipulado por JD. Cobro por cantidad de horas profesionales invertidas en los siguientes rubros: planeación, creación de instrumentos, aplicación de técnicas psicoterapéuticas, devolución de resultados y preparación de material didáctico y/o terapéutico. Cantidad mínima recomendada: 6 personas participantes. Cantidad máxima recomendada: 12 personas participantes. Después de esta cantidad de personas participantes, se recomienda incluir una persona profesional como co-terapeuta, cuyos honorarios deben adicionarse. |
¢60.000 | 4% | Monto Mínimo | Este monto no incluye el IVA. Usted deberá aplicarlo según corresponda. | [/table_row]
Talleres Profesionales (tiempo mínimo 60 minutos) Cobro por cantidad de horas profesionales invertidas en los siguientes rubros: planeación, ejecución del taller, informe de resultados y preparación de material didáctico. Cantidad máxima recomendada de personas participantes: 25 por persona profesional a cargo del taller. Después de esta cantidad de personas participantes se deberá incluir una persona profesional como co-directora o co-facilitadora, cuyos honorarios deben también cuantificarse. No están cuantificados los costos relacionados con alimentación, traslados, hospedajes, viáticos que el profesional deba incurrir. |
¢29.412 | 2% | Monto Fijo | Este monto no incluye el IVA. Usted deberá aplicarlo según corresponda. |
Informe Psicodiagnóstico (No incluye tiempo de aplicación de pruebas | ¢60.000 | 4% | Monto Mínimo | Este monto no incluye el IVA. Usted deberá aplicarlo según corresponda. |
Idoneidad mental para portar y poseer armas de fuego o laborar en seguridad privada | ¢60.000 | 4% | Monto Fijo | Este monto no incluye el IVA. Usted deberá aplicarlo según corresponda. |
Idoneidad mental para solicitantes de adopción | ¢60.000 | 4% | Monto Fijo | Este monto no incluye el IVA. Usted deberá aplicarlo según corresponda. |
Idoneidad mental para laborar en Centros de Atención Integral, Infantil, Públicos, Privados y Mixtos | ¢60.000 | 4% | Monto Fijo | Este monto no incluye el IVA. Usted deberá aplicarlo según corresponda. |
Idoneidad mental para Acompañamiento con Animales de Apoyo Emocional (Acuerdo CPPCR-850-2020) | ¢60.000 | 4% | Monto Fijo | Este monto no incluye el IVA. Usted deberá aplicarlo según corresponda. |
NOTA IMPORTANTE: Según artículo 60 del Código de Ética y Deontológico. La persona colegiada deberá cobrar honorarios por los servicios que presta conforme a las regulaciones del Colegio sobre tarifas mínimas. No obstante, en casos muy calificados y bajo el criterio profesional de excepción, que se sustente en la conciencia social y la solidaridad humana, podrá cobrar tarifas inferiores o no cobrar del todo sus honorarios, sin que esto se convierta en una norma. En este caso deberá incluirse en el expediente la justificación correspondiente en caso de cobros inferiores a las tarifas vigentes.
De acuerdo con la complejidad, experiencia y formación, el Profesional puede estimar sus honorarios por encima del mínimo establecido. Se exceptúan de esta regulación las Evaluaciones Psicológicas de Idoneidad Mental para Portar y Poseer Armas de Fuego o Laborar en Seguridad Privada, las de Idoneidad mental para laborar en Centros de Atención Integral, Infantil, Públicos, Privados y Mixtos y las de Acompañamiento con Animales de Apoyo Emocional tal como se detalla en el cuadro anterior.
*** Mediante acuerdo N°XIII-17-56-2006 se permite el no cobrar las consultas entre profesionales en psicología y si es a un familiar directo, cónyuge, padre, madre, hijas e hijos, cobrar únicamente el 25% de la tarifa profesional vigente. Lo anterior solamente en casos donde la persona profesional que del servicio esté de acuerdo con esta opción que deberá además documentarse en el expediente.