Ajustes en el pago de la colegiatura ante la declaratoria de emergencia a nivel país – Colegio de Profesionales en Psicología de Costa Rica
Coronavirus 2019 (COVID-19)

COLEGIO DE PROFESIONALES EN PSICOLOGÍA DE COSTA RICA

Ajustes en el pago de la colegiatura ante la declaratoria de emergencia a nivel país

Fecha Publicación: 20/03/2020

Frente a la situación de emergencia de salud que está atravesando nuestro país a partir de la expansión mundial del COVID 19, así como el impacto económico que esta emergencia está provocando, las autoridades gubernamentales han planteado medidas económicas que alivien la presión que esta emergencia puede tener en la economía familiar costarricense.

En este panorama y atendiendo la inquietud que algunas personas agremiadas nos han hecho llegar mediante los mecanismos oficiales, esta Junta Directiva ha considerado que no todas las personas agremiadas se encuentran en la misma condición económica o poseen distintas fuentes de ingreso, como personas asalariadas o como profesionales independientes. También que por acuerdos de Asamblea General el Colegio ha invertido sus excedentes acumulados en el tiempo en proyectos como el edificio, desarrollos tecnológicos, y otros mandatos del PEI 2018-2022 y las responsabilidades ya asumidas para con las personas colaboradoras y entidades bancarias hacen que los ingresos que el Colegio percibe se utilicen al 100%.

Por tanto, la Junta Directiva establece las siguientes medidas sobre el pago de la colegiatura  que se aplicarán para el período comprendido entre el 19 de marzo y el 19 de setiembre del 2020:

  1. El proceso de suspensión por morosidad pasará a hacerse efectivo, temporalmente, a partir de los 6 meses de atraso y no de los 3 meses que actualmente se aplica;
  2. Para aquellas personas que no puedan pagar durante los siguientes seis meses su mensualidad por colegiatura, una vez acabe esta amnistía no se les será aplicado ningún cargo por concepto de gestión de cobro y podrán acordar con el Colegio distintos arreglos de pago por tractos de las mensualidades pendientes;
  3. Para todas aquellas personas que estando actualmente en situación de morosidad o suspendidas y que deseen hacer un arreglo de pago en este periodo, no se les será aplicado ningún cargo por concepto de gestión de cobro, es decir se dará una amnistía para condonar el monto correspondiente por concepto de gestión de cobro generado a colegiados(as) activos y que se encuentran en estado de morosidad (4% del monto adeudado) y a colegiados(as) suspendidos(as) (30% del monto adeudado).

Para acogerse a cualquiera de estas medidas, las personas colegiadas deben notificar su situación al correo electrónico: [email protected] y para quienes deseen solicitar que les dejen de aplicar cargo automático dirigirse al correo: [email protected]

Deseamos informar que, a pesar de estas medidas, la gestión de cobro se mantendrá activa para todas aquellas personas que no notifiquen o soliciten se les aplique alguna de las medidas acordadas.


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