El Tribunal Electoral del CPPCR convoca e invita a la membresía a participar del Proceso Electoral del año 2021 – Colegio de Profesionales en Psicología de Costa Rica
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COLEGIO DE PROFESIONALES EN PSICOLOGÍA DE COSTA RICA

El Tribunal Electoral del CPPCR convoca e invita a la membresía a participar del Proceso Electoral del año 2021

Fecha Publicación: 31/08/2021

EL TRIBUNAL ELECTORAL

COLEGIO DE PROFESIONALES EN PSICOLOGÍA DE COSTA RICA

Convoca e invita a la Membresía del Colegio a participar del Proceso Electoral del año 2021

De conformidad a lo establecido en los artículos 20 y 29 de la Ley N.° 6144 y sus reformas y en el Reglamento para el Trámite de las Elecciones del Colegio, publicado en el Alcance N.°141 de la Gaceta N.º 137 del 16 de julio del 2021, en su Capítulo VII, artículos 29 y 30, se convoca para la elección de los siguientes puestos para integrar la Junta Directiva: Vicepresidencia, Vocalía II y Vocalía III; así como el puesto de la Fiscalía; según se detalla:

 

  • El periodo de inscripción de candidaturas inicia el miércoles 01 de setiembre y concluye a las 17hrs del viernes 17 de setiembre del 2021.

 

  • Los requisitos, formularios de inscripción y recolección de firmas, para suscribir candidaturas se encuentran en los siguientes enlaces:

Formulario inscripción de candidatura Vicepresidencia

Formulario inscripción de candidatura Segunda Vocalía

Formulario inscripción de candidatura Tercera Vocalía

Formulario inscripción de candidatura Fiscalía

Formulario inscripción fiscalías de agrupaciones

Formulario de nóminas inscripción de agrupaciones

 

ASPECTOS GENERALES SOBRE INSCRIPCIÓN DE CANDIDATURAS

 

  • Los requisitos de inscripción se deben apegar a lo establecido en el artículo 31 del Reglamento citado. Vencido el plazo, el Tribunal Electoral cuenta con tres días hábiles para dictar la resolución correspondiente a la aceptación o rechazo de las candidaturas propuestas y previa verificación de requisitos (artículo 32 del Reglamento).

 

  • El Tribunal Electoral publicará en los medios de comunicación que disponga el Colegio, la nómina con las candidaturas inscritas y aprobadas en firme, conforme al artículo 33 del Reglamento.

 

  • De acuerdo con el artículo 34 del Reglamento, el periodo de propaganda electoral inicia el día 01 de octubre y concluye el día 04 de noviembre 2021 y se deben de seguir los lineamientos estipulados en el Capítulo VIII, De la Propaganda Electoral.

 

  • La recolección de firmas para suscribir las candidaturas, conforme lo indica el numeral 3 del artículo 31 del Reglamento, se deberá presentar en los formularios oficiales emitidos por el Tribunal Electoral.

 

  • Los formularios y documentos de inscripción con firma autógrafa deben entregarse de manera física, en CD o USB, en la Secretaría del Tribunal Electoral del CPPCR, con cita previa, dadas las regulaciones que actualmente rigen en el Colegio. En caso de formularios con firma digital y con firma escaneada, deben enviarlo al correo [email protected].

 

  • El número de firmas a que se refiere el numeral 3 del artículo 31 del Reglamento, se operacionaliza de la siguiente manera:

-Para la inscripción de candidaturas de grupos en las elecciones ordinarias, deben ser suscritas por un mínimo de un 1% de las personas colegiadas activas. Según corte del padrón provisional al 24 de agosto del 2021 hay 8788 personas colegiadas activas, por lo que el 1% corresponde a 88 firmas.

-En el caso de postulaciones individuales, el número de firmas de respaldo corresponderá al número resultante de dividir la cantidad absoluta de firmas que represente ese porcentaje entre el número de puestos por elegir. Se divide el número absoluto de personas que corresponden al 1% del padrón provisional, 88 personas, y se divide entre cuatro, que es el número de puestos a elegir, por lo que deben aportar 22.

  • Quien apoye a un grupo o candidatura individual debe abstenerse de suscribir otra agrupación o candidatura para la elección del 05 de noviembre del 2021. Solamente se puede dar el apoyo una vez, de encontrarse duplicidad de firmas se procederá a eliminar ambas firmas de apoyo. Eventualmente podría afectar el número mínimo requerido para la inscripción.

 

ALTERNATIVAS PARA LA RECOLECCIÓN DE FIRMAS AUTORIZADAS POR EL TRIBUNAL ELECTORAL PARA EL PERIODO 2021-2023:

Dadas las particulares condiciones en que se realizarán las elecciones de la membresía de la Junta Directiva y la Fiscalía, correspondientes al período 2021-2023, como consecuencia de la crisis de emergencia que se vive en el país y en el mundo, y en aras de cumplir con el principio de inderogabilidad singular de los reglamentos, que expresamente dispone que no se puede desaplicar o hacer una excepción a norma reglamentaria para un caso particular, y dado que el Tribunal no está facultado para dejar de aplicar una disposición que está claramente fijada en el Reglamento, respecto a la recolección de firmas de adhesión, para el proceso electoral, se ha dispuesto autorizar los siguientes medios de recolección de firmas:

En el instructivo “Instructivo de Inscripción de Candidaturas y Difusión de Propaganda, se indicará el procedimiento para la recolección de las firmas de apoyo a cada grupo o candidaturas individuales, que quieran participar en este proceso electoral. Ver también Procedimiento para signar firmas


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