Fecha Publicación: 26/08/2019
La Fiscalía informa a las personas colegiadas que en el Reglamento para el otorgamiento de incapacidades y licencias a los beneficiarios del seguro de salud, aprobado por la Junta Directiva de la Caja Costarricense de Seguro Social en el año 2014, se indica específicamente en el Capítulo I, Artículo 5 que la incapacidad es una orden de reposo, otorgada por un médico u odontólogo de la Caja Costarricense de Seguro Social o de servicios médicos u odontológicos autorizados por dicha institución.
Por lo anterior se les aclara a las personas profesionales en psicología, que solamente los médicos u odontólogos se encuentran facultados legalmente para la emisión de dichos documentos.
Para conocer más sobre el Reglamento para el otorgamiento de incapacidades y licencias a los beneficiarios del seguro de salud se les invita ingresar al siguiente link: https://www.ccss.sa.cr/normativa
Fiscalía
Colegio de Profesionales en Psicología de Costa Rica.