¿Qué implicaciones tiene realizar un cierre abrupto de un proceso? – Colegio de Profesionales en Psicología de Costa Rica
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COLEGIO DE PROFESIONALES EN PSICOLOGÍA DE COSTA RICA

Consultas frecuentes

¿Qué implicaciones tiene realizar un cierre abrupto de un proceso?

De acuerdo al artículo 26 del Código de Ética y Deontológico del Colegio de Profesionales en Psicología de Costa Rica, se indica que:

“Todo acto profesional que se haga con imprudencia, negligencia o impericia, o en forma apresurada y deficiente, con el objetivo de cumplir una obligación administrativa o por motivos personales, se debe considerar como una conducta reñida con la ética”.

Por tal motivo, según lo citado, se considera necesario que las y los profesionales en psicología realicen cierres adecuados a cada uno de los procesos administrados por su persona.

Otras Preguntas

  • Procedimiento atención de consultas, unidad de Asesoría Técnica
  • ¿Cómo se debe proceder si a un profesional en psicología que labora en una institución y custodia pruebas, es trasladado a otra área de trabajo lejana al lugar donde se encuentra la documentación psicológica?
  • ¿Cómo debo actuar si mi jefatura me obliga a realizar funciones que van en contra de los principios y normas éticas?
  • ¿Qué recomendación se tiene al entregar un informe psicológico?
  • ¿Cuál es el perfil del psicólogo/a social?


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