PRONUNCIAMIENTO TRIBUNAL ELECTORAL – Colegio de Profesionales en Psicología de Costa Rica
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COLEGIO DE PROFESIONALES EN PSICOLOGÍA DE COSTA RICA

PRONUNCIAMIENTO TRIBUNAL ELECTORAL

Fecha Publicación: 27/10/2020

El Tribunal Electoral aclara, que las elecciones internas del Colegio no se pueden suspender, aun cuando exista un solo candidato, por cuanto existe un mandato expreso de la Ley N ° 6144 y la voluntad de la Asamblea General del Colegio, plasmada mediante el Reglamento para el trámite de las elecciones en el CPPCR, para que las elecciones se realicen y se pueda renovar parcialmente cada año, la membresía de la Junta Directiva.

Desde la perspectiva legal, existe lo que se conoce como… “el principio de inderogabilidad singular de los reglamentos, que expresamente dispone que no se puede desaplicar o hacer una excepción a norma reglamentaria para un caso particular” (Delgado Faith, Alejandro, julio 2020).  Desde esa perspectiva, el Tribunal no está facultado para dejar de aplicar una disposición que está claramente fijada en el Reglamento y por ende, se debe efectuar todo el proceso electoral correspondiente al período 2020-2021.

En seguimiento a lo establecido en el Reglamento para el trámite de las elecciones en el artículo 30, se dio el plazo para la inscripción de candidaturas del 01 al 25 de setiembre de 2020, en donde se brindó a toda la membresía del colegio la oportunidad de participar en este proceso electoral. Por otro lado, al haberse inscrito para participar en las elecciones una agrupación en todos los puestos a elegir y un candidato individual para el puesto de Tesorería, se está cumpliendo con el principio democrático que tiene toda la membresía del Colegio, de elegir y ser electos.

El Tribunal ha sido congruente en la aplicación de las disposiciones legales y reglamentarias.

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