Fecha Publicación: 27/07/2026
Amamantar no es una tarea exclusiva de la madre. Si bien ella pone su cuerpo, para la Psicología Perinatal, el éxito de la lactancia y del bienestar emocional de la díada (mamá-bebé) dependen directamente de la empatía colectiva. Cuando un entorno laboral y familiar respeta y acompaña estos tiempos y espacios, disminuyen los niveles de estrés materno, se previenen trastornos mentales perinatales como ansiedad o depresión, y facilita un espacio seguro de alimentación y conexión afectiva.
En el marco de la Semana Mundial de la Lactancia Materna, la Comisión de Psicología Perinatal desea enfatizar que sostener este proceso requiere obligatoriamente de un entorno empático y sin presiones. El lema de este año 2026 es “Priorizar la lactancia materna: crea sistemas de apoyo sostenibles”. Costa Rica ha dado un paso histórico con la reciente entrada en vigor de la Ley 10895; Ley para Proteger, Promover y Apoyar la Lactancia Materna. Esta legislación transforma los entornos laborales del país a través de medidas obligatorias:
● Un año mínimo garantizado: El primer año de vida del bebé se fija legalmente como el período mínimo de lactancia en el ámbito laboral. Ya no es requerido presentar constantes dictámenes médicos. Según OMS y UNICEF el periodo mínimo de lactancia materna exclusiva es de 6 meses y continuada son 2 años. Amamantar es más que un alimento, es una forma de relacionarse.
● Tiempo exclusivo para extracción: La extracción de leche materna es una necesidad fisiológica y es la que permite continuar con el proceso neurohormonal de producción de leche materna. Se reconoce por ley un derecho independiente de al menos 25 minutos cada tres horas de trabajo para la extracción de leche. Esto se reconoce como tiempo laboral y es remunerado como tiempo efectivo. No sustituye la hora de lactancia ordinaria.
● Espacios dignos y seguros: Las empresas deben de acondicionar salas, cabinas o zonas de lactancia con condiciones óptimas para la comodidad de la extracción. Es obligatorio proveer de privacidad, higiene y una refrigeradora de uso exclusivo para almacenar la leche. Se debe de tomar en cuenta la bioseguridad alimenticia y conservación correcta de la leche materna extraída.
● Inclusión para madres adoptantes: Es necesario que se reconozcan maternidades diversas. Con esta ley se garantiza por primera vez el derecho a periodos de lactancia para los procesos de inducción y relactación en casos de adopción.
Referencias
Castro-Borbón, M., & Quirós-Ramírez, A. (2025, 12 de noviembre). La lactancia materna es una aliada poderosa contra la depresión posparto y la ansiedad. Oficina de Comunicación e Información, Universidad de Costa Rica. ucr.ac.cr
Ley para Proteger, Promover y Apoyar la Lactancia Materna, Ley N.° 10895 (23 de abril de 2026). Alcance N.° 41 a La Gaceta N.° 74. Sistema Costarricense de Información
Jurídica.
Martínez-García, S. (2025). Lactancia materna y salud mental materna: Vínculos, desafíos y oportunidades [Artículo de revisión, Sociedad Marcé / Comunidad de Investigación Perinatal]. ResearchGate. researchgate.net
Nutrition and Food Safety (NFS) Organización Mundial de la Salud. (2017). Documento normativo sobre lactancia materna. Número de referencia de la OMS: WHO/NMH/NHD/14.7