¿Por qué razón un expediente psicológico debe custodiarse por diez años? – Colegio de Profesionales en Psicología de Costa Rica
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COLEGIO DE PROFESIONALES EN PSICOLOGÍA DE COSTA RICA

¿Por qué razón un expediente psicológico debe custodiarse por diez años?

Fecha Publicación: 07/07/2017

 

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Un expediente psicológico constituye una garantía en una triple dimensión: la primera, para el paciente o persona usuaria que se constituye en el titular de la información que en él consta. La segunda, para el colegiado que en este registra todas las incidencias, alcances y resultados de la evaluación realizada; y, la tercera, para la colectividad; en la medida que existe un registro del íter recorrido por el profesional en psicología, para determinar la aptitud o no del evaluado, para desempeñar la actividad que pretende.

Debido a lo anterior, el expediente ha de estar disponible durante todo el tiempo en que los resultados de la evaluación sigan generando efectos o consecuencias en la esfera jurídica del examinado; sobre todo si las mismas le fueron desfavorables o dañosas.

El plazo de diez años de custodia de los expedientes psicológicos es aplicable tanto a los expedientes clínicos (procesos de terapia) como a los expedientes psicológicos que se conforman para las evaluaciones de idoneidad mental.

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Normativa vinculante

  1. Para el caso de la responsabilidad civil el período que la ley dispone para que una persona pueda reclamar responsabilidad civil a otra es de diez años, tal como lo dispone el artículo 868 del Código Civil.
  2. En cuanto a la responsabilidad penal, el plazo para que una persona pueda reclamar responsabilidad penal a otra no podrá ser superior a diez años, a tenor del artículo 31 del Código Procesal Penal.
  3. Mientras que la responsabilidad administrativa, responde al ámbito ético profesional. En nuestro caso particular, el artículo 15 inciso final del Reglamento para realizar Evaluaciones de Idoneidad Mental para portar y poseer armas de fuego, delimita un plazo de diez años para custodiar el expediente.

 

Asesoría Legal de Junta Directiva y de Fiscalía.

 

 

 

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