Contra la aprobación de la moción a la ley del empleo público que permite a los funcionarios públicos rechazar procesos de formación y capacitación apelando a su derecho a la objeción de conciencia. – Colegio de Profesionales en Psicología de Costa Rica
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COLEGIO DE PROFESIONALES EN PSICOLOGÍA DE COSTA RICA

Contra la aprobación de la moción a la ley del empleo público que permite a los funcionarios públicos rechazar procesos de formación y capacitación apelando a su derecho a la objeción de conciencia.

Fecha Publicación: 10/02/2021

El Colegio de Profesionales en Psicología a través de la Comisión de Géneros y la Comisión de Derechos Humanos manifiesta públicamente su inconformidad a la moción que aprueba el que las y los funcionarios públicos rechacen procesos de formación y capacitación bajo el principio de la objeción de conciencia.

Los Estados tienen el deber de promover el bien común de todas las personas dentro de su territorio, para lo cual los Derechos Humanos rigen como norte fundamental y sustento jurídico y político en el desarrollo integral de la Nación. Es así como no solo debe garantizar mecanismos para asegurar los Derechos Humanos, sino que también debe afianzar el que las personas conozcan sus derechos y las formas de defenderlos.

Las personas que ejercen la función pública han de hacer un ejercicio de sus funciones de forma ética, justa, equitativa y responsable siendo que participan de la administración pública y como tal deben brindar un servicio de utilidad social fundamentado en la justicia, la inclusión, la igualdad, la equidad, el respeto a la diversidad, la multiculturalidad y la pluriculturalidad por encima de cualquier interés individual.

Por lo que resulta preocupante que en la garantía de un derecho como la objeción de conciencia, la atribución individual sustentada en principios morales y/o religiosos independientemente pueda evadir cumplimientos jurídicos que interfieren o vulneran derechos de otras personas; haciendo incurrir incluso a la administración pública a error, tras obstaculizar acceso a servicios esenciales que son responsabilidad del Estado promover, brindar y proteger, con la responsabilidad civil que esto implica y conlleva.

Facultar el que las personas que ejercen cargos públicos puedan apelar a la objeción de conciencia ante procesos de sensibilización, capacitación y formación sobretodo en materia de Derechos Humanos, es favorecer al desconocimiento del funcionamiento de la administración pública. Posibilitándose la perpetuación de prácticas de exclusión, discriminación y violencia sobre todo a poblaciones en vulnerabilidad histórica como las niñas y los niños, las mujeres, las personas adultas mayores, personas indígenas, personas con discapacidad, personas con orientaciones sexuales no heterosexuales y expresiones de género no binarias, etc.

La administración pública requiere como enfoques rectores el de derechos humanos, el de género y el diferencial a fin de garantizar la equidad y el desarrollo humano, para esto la capacitación y sensibilización de sus funcionarios en temas coyunturales a estos enfoques es fundamental, en tanto, favorecen a la inclusión, el respeto y la validación de derechos humanos de las poblaciones históricamente vulnerabilizadas por la misma cultura.

De esta manera, no se puede permitir en la institucionalidad de nuestro país el riesgo de que, a partir de ideas conservadoras, radicales, fundamentalistas y/o temores infundados, el funcionariado opte por la posibilidad de no querer informarse y/o capacitarse en temas que son parte de los avances jurídicos y políticos de la época.

Por lo tanto, rechazamos y manifestamos nuestra oposición pública a dicha moción, así como seguiremos manifestando nuestra oposición a cualquier proyecto de ley o práctica institucional que obstaculice o vulnere derechos humanos de las personas desde la administración pública.

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